Municipalidad de Curepto

Transparencia Activa

Este portal contiene información sobre el funcionamiento de nuestra institución en cumplimiento del Instructivo Presidencial Nro. 008 (04.12.2006) sobre "Transparencia Activa" de los Organismos de Gobierno.
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Última actualización: 17/05/2019

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Potestades, competencias, facultades, atribuciones y tareas


Nro Denominacion Potestades Fuente Legal Enlace
1 Atribuciones Esenciales a) Ejecutar el plan comunal de desarrollo y los programas necesarios para su cumplimiento Articulo 5 letra a) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
2 Atribuciones Esenciales b) Elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal Articulo 5 letra b) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
3 Atribuciones Esenciales c) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso publico, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atencion a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administracion de estos ultimos corresponda a otros organos de la administracion del Estado. En ejercicio de esta atribucion, le correspondera, previo informe del Consejo Economico y social, de la comuna, asignar y cambiar la denominacion de tales bienes. Asimismo, con el acuerdo de los dos tercios de los concejales en ejercicio, podra hacer uso de esta atribucion respecto de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales, en el territorio bajo su administracion. Articulo 5 letra c) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
4 Atribuciones Esenciales d) Dictar resoluciones obligatorias con caracter general o particular Articulo 5 letra d) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
5 Atribuciones Esenciales e) Establecer derechos por los servicios que presten y por los permisos y concesiones que otorguen Articulo 5 letra e) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
6 Atribuciones Esenciales f) Adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles Articulo 5 letra f) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
7 Atribuciones Esenciales g) Otorgar subvenciones y aportes para fines especificos a personas juridicas de caracdter publico o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. Estas subvenciones y aportes no podran exceder, en conjunto, al siete por ciento del presupuesto municipal. Este limite no incluye a las subvenciones y aportes que las municipalidades destinen a las actividades de educacion, de salud o de atencion de menores que les hayan sido traspasadas en virtud de lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Nø 1 3.063 de Interior, de 1980, cualesquiera sea su forma de administracion, ni las destinadas a los Cuerpos de Bomberos. Asimismo, este limite no incluye a las subvenciones o aportes que las Municipalidades de Santiago, Vitacura, Providencia y Las Condes efectuen a la "Corporacion Cultural de la I. Municipalidad de Santiago", para el financiamiento de actividades de caracter cultural que beneficien a los habitantes de dichas comunas. Articulo 5 letra g) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
8 Atribuciones Esenciales h) Aplicar tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificacion local y esten destinados a obras de desarrollo comunal, para cuyo efecto las autoridades comunales deberan actuar dentro de las normas que la ley establezca Articulo 5 letra h) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
9 Atribuciones Esenciales i) Constituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promocion y difusion del arte y la cultura. La participacion municipal en estas corporaciones se regira por las normas establecidas en el Parrafo 1 del Titulo VI de la Ley 18.695 Articulo 5 letra i) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
10 Atribuciones Esenciales j) Establecer, en el ambito de la comuna, territorios denominados unidades vecinales, con el objeto de proprender a un desarrollo equilibrado y a una adecuada canalizacion de la participacion ciudadana Articulo 5 letra j) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
11 Atribuciones Esenciales k) Aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de las comunas que formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, y pronunciarse sobre el proyecto de plan regulador comunal o de plan seccional de comunas que no formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal Articulo 5 letra k) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
12 Atribuciones Esenciales l) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el plan comunal de seguridad pública. Para realizar dichas acciones, las municipalidades tendrán en consideración las observaciones efectuadas por el consejo comunal de seguridad pública y por cada uno de sus consejeros Articulo 5 letra l) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
13 Atribuciones Esenciales m) Aprobar los planos de detalle de los planes reguladores comunales y de los planes seccionales. Articulo 5 letra m) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
14 Atribuciones Esenciales n) Elaborar, aprobar, modificar y materializar los planes de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público Articulo 5 letra n) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
15 Atribuciones Esenciales o) Recaudar, administrar y ejecutar, en una cuenta especial y separada del resto del presupuesto municipal, los aportes al espacio público que se perciban, de conformidad a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula el mismo cuerpo legal. Articulo 5 letra o) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
16 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado a) La educacion y la cultura Articulo 4 letra a) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
17 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado b) La salud publica y la proteccion del medio ambiente Articulo 4 letra b) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
18 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado c) La asistencia social y juridica Articulo 4 letra c) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
19 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado d) La capacitacion, la promocion del empleo y el fomento productivo Articulo 4 letra d) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
20 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado e) El turismo, el deporte y la recreacion Articulo 4 letra e) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
21 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado f) La urbanizacion y la vialidad urbana y rural Articulo 4 letra f) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
22 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado g) La construccion de viviendas e infraestructuras sanitarias Articulo 4 letra g) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
23 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado h) El transporte y transito publicos Articulo 4 letra h) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
24 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado i) La prevencion de riesgos y la prestacion de auxilio en situaciones de emergencia y catastrofes Articulo 4 letra i) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
25 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado j) El desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad; Articulo 4 letra j) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
26 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado k) La promocion de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres Articulo 4 letra k) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
27 Funciones facultativas a desarrollar en el ambito de su territorio, directamente o con otros organos de la administracion del Estado l) El desarrollo de actividades de interes comun en el ambito local Articulo 4 letra l) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
28 Funciones Privativas Ejercer la administracion local de la Comuna, satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participacion en el progreso economico, social y cultural de la comuna Articulo 1 Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
29 Funciones Privativas Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicacion debera armonizar con los planes regionales y nacionales Articulo 3 letra a) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
30 Funciones Privativas La planificacion y regulacion de la comuna y la confeccion del plan regulador comunal, de acuerdo con las normas legales vigentes Articulo 3 letra b) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
31 Funciones Privativas La promocion del desarrollo comunitario Articulo 3 letra c) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
32 Funciones Privativas Aplicar las disposiciones sobre transporte y transito publicos, dentro de la comuna, en la forma que determinen las leyes y normas tecnicas de caracter general que dicte el ministerio respectivo Articulo 3 letra d) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
33 Funciones Privativas Aplicar las disposiciones sobre construccion y urbanizacion, en la forma que determinen las leyes, sujetandose a las normas tecnicas de caracter general que dicte el ministerio respectivo Articulo 3 letra e) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
34 Funciones Privativas El aseo y ornato de la comuna Articulo 3 letra f) Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
35 Otras Atribuciones Atribuciones no esenciales que le confieren las leyes o que versen sobre materias que la Constitucion Politica de la Republica expresamente ha encargado sean reguladas por la ley comun Articulo 5 inciso segundo, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
36 Otras Atribuciones Colaborar en la fiscalizacion y en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a la proteccion del medio ambiente, dentro de los limites comunales. Articulo 5 inciso tercero, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
37 Otras Atribuciones Asociarse entre Municipalidades para el cumplimiento de sus fines propios, de acuerdo con las reglas establecidas en el Parrafo 2 del Titulo VI de la Ley 18.695 Articulo 5 inciso quinto, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
38 Otras Atribuciones Celebrar convenios con otros organos de la Administracion del Estado en las condiciones que senale la ley respectiva, sin alterar las funciones y atribuciones que corresponden al Municipio, Articulo 8 inciso primero, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
39 Otras Atribuciones Celebrar contratos que impliquen la ejecucion de acciones determinadas, a fin de atender las necesidades de la comunidad local Articulo 8 inciso segundo, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
40 Otras Atribuciones Otorgar concesiones para la prestacion de determinados servicios municipales o para la administracion de establecimientos o bienes especificos que posean o tengan a cualquier titulo Articulo 8 inciso tercero, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
41 Otras Atribuciones Desarrollar actividades empresariales o participar en ellas solo si una ley de quorun calificado la autoriza Articulo 11, Ley 18.695, Organica Constitucional de Municipalidades Ver Enlace
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