Se informa a la comunidad que, con fecha 04 de abril de 2023, ha sido publicada en el Diario Oficial la resolución que establece la prohibición temporal de la caza de las especies señaladas en el Artículo 5° de la Ley de Caza, medida que rige en todo el territorio nacional.
Esta disposición ha sido adoptada como respuesta a la emergencia sanitaria generada por la presencia de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP) en diversas regiones del país, con el objetivo de proteger la fauna silvestre, prevenir la propagación del virus y resguardar la salud pública y animal.
La medida implica la suspensión de cualquier actividad de caza sobre especies susceptibles de portar o transmitir el virus, conforme a los lineamientos establecidos por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y otras autoridades competentes en materia medioambiental y sanitaria.
Se solicita a todos los ciudadanos, especialmente a quienes realizan actividades en contacto con fauna silvestre, mantenerse informados a través de los canales oficiales y respetar esta normativa, cuya duración será determinada en función de la evolución de la situación epidemiológica.
El cumplimiento de esta prohibición es obligatorio y su infracción puede conllevar sanciones conforme a la legislación vigente.
Período de Caza Permitido



